Estructura del I.B.C.
Para el cumplimiento de los objetivos institucionales, establecidos en el marco de la Ley de 22 de enero de 1957 y su Decreto Supremo
Reglamentario 08083, el Instituto Boliviano de la Ceguera (I.B.C.) a la fecha cuenta con una Oficina Nacional, 9 Direcciones Departamentales y 5 Centros
de Rehabilitación en las ciudades de La Paz (Luís Braille y Santa Cecilia), Cochabamba (Manuela Gandarillas), Potosí (Wenceslao Alba), Tarija
(CERECCI 15 de abril) y Beni (Hellen Keller).
De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo 08083 de Reglamentación a la Ley de 22 de enero de 1957 que, en su Capítulo II: De la Organización;
Artículo 5 establece que el Instituto Boliviano de la Ceguera está organizado por:
- El Consejo Nacional de la Ceguera; instancia que se constituye en el organismo de planificación y control de actividades, el cual se encuentra conformado
por Representantes del Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo y Previsión Social, Ministerio de Educación, Caja Nacional de Salud, Federación Nacional de
Ciegos de Bolivia y el Director General Ejecutivo del Instituto Boliviano de la Ceguera.
- La Oficina Nacional; con sede en la ciudad de La Paz, es la instancia responsable de planificar técnicamente el trabajo institucional y dar lineamientos
de trabajo y atención a personas ciegas a nivel nacional.
- Las Direcciones Departamentales; con presencia en los nueve departamentos, son las instancias responsables de operativizar y ejecutar los planes, programas
y proyectos diseñados desde la Oficina Nacional.
- Los Centros de Rehabilitación; con presencia en los departamentos de La Paz, Cochabamba, Potosí, Tarija y Beni se constituyen en el último nivel
organizacional de la entidad, siendo su objetivo el de coadyuvar a la autonomía e independencia de las personas ciegas totales y con baja visión a través
de los servicios de habilitación básica funcional, rehabilitación básica funcional, estimulación visual y rehabilitación visual.